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Claves de la reforma judicial en EE.UU.

Actualizado: 3 ago



El pasado 29 de julio el presidente de Estados Unidos (EE.UU) Joe Biden hizo pública su propuesta de reforma a la Suprema Corte. La reforma responde a una situación política en particular: la decisión de la Suprema Corte de otorgar una inmunidad parcial sobre actos oficiales a Trump por el caso de la toma del Capitolio en 2021; la existencia de supuestos regalos recibidos por dos jueces, Clarance Thomas y Samuel Alito; y la baja credibilidad de la Corte.  En 2023 6 de cada 10 estadounidenses desaprobaban a la Suprema Corte, en una encuesta de Fox News hecha en julio, la aprobación es apenas del 38%, su máximo histórico fue en 2017 cuando alcanzó un 58%. El rechazo es mayor entre los Demócratas (80%) que entre los Republicanos (30%).

Este no es un caso exclusivo del poder judicial, pues la aprobación de otras instituciones como el Congreso, el Senado e incluso el mismo poder Ejecutivo también cuentan con niveles bajos.


Claves de la reforma

Las tres claves de la reforma judicial son:


  1. Enmienda constitucional que limite la inmunidad presidencial ante delitos cometidos durante el periodo de mandato.

  2. Límites de mandato para jueces, en reemplazo de cargos vitalicios de la Corte . Se propone que el presidente nombre a un juez cada 2 años con un periodo de duración de 18 años.

  3. Un código de ética para los jueces de la Corte Suprema de carácter vinculante. Deberán declarar los regalos que reciban, abstenerse de toda actividad política pública y abstenerse de los casos en que ellos o sus cónyuges tengan conflictos financieros u otros conflictos de intereses.


De aprobarse la reforma, el nuevo límite de los jueces sería de 18 años, y, por ende, los períodos de cada juez de los nueve actuales, se hubieran terminado o podrían terminarse en las fechas que se indican a continuación:





FUENTE: Elaboración propia con datos de NBC News


De acuerdo con una encuesta realizada por The Associated Press-NORC Center for Public Affairs Research, ya en 2022, dos tercios de los estadounidenses aprobaban establecer un límite temporal a los jueces de la Corte. Entre los Demócratas, un 82% de votantes y un 57% entre los Republicanos están a favor de la limitación.


¿Cómo se elige a los miembros de la Suprema Corte?

El presidente propone un candidato o candidata y el Senado forma una comisión especial, según la Cláusula 2 del artículo II de la Constitución de EE.UU, para debatir en torno a la postulación. Luego, el pleno del Senado (100 miembros) vota por la aprobación o rechazo; queda aprobada la designación con mayoría simple.

No hay un mandato constitucional en el que se defina un número específico de jueces. La última modificación del número de jueces fue en 1869, cuando se estableció que serían 9, cifra que se mantiene hasta el presente. La Corte se organiza con un juez presidente y 8 jueces asociados. Una vez elegido, el mandato del juez es de por vida (vitalicio). Recién en noviembre de 2023, la Corte aprobó un código de ética, por el momento no vinculante.

En la administración Trump, hubo tres cambios en la Corte que ampliaron el espectro de jueces conservadores:

2017: Con dos meses como presidente, Trump eligió a Neil Gorsuch.

2018: Tras dejar la corte Anthony Kennedy, llegó a la Suprema Corte Brett Kavanaugh.

2020: Tras la muerte de Ruth Bader Ginsburg fue elegida Amy Coney Barret.


La Suprema Corte tiene una mayoría conservadora, 6 miembros contra 3. En los últimos años han eliminado reformas como el derecho al aborto y los poderes regulatorios federales que habían estado vigentes durante décadas. También aumentaron la inmunidad de presidentes ante delitos cometidos durante el mandato.


Escenarios de aprobación en el Congreso

En el Congreso -actualmente dividido entre Demócratas y Republicanos- los Republicanos mencionaron que no aprobarán la reforma. El Poder Legislativo estadounidense es bicameral: el Senado, con 100 miembros; y la Cámara de Representantes, con 435.

En el Senado, actualmente hay 51 demócratas y 49 republicanos; en la Cámara de Representantes, lideran los republicanos con 221 y los demócratas tienen 212, restando 2 vacantes.

Mike Johnson, presidente de la Cámara de Representantes por parte del Partido Republicano, mencionó que la reforma propuesta por Biden erosiona el Estado de derecho y lesiona la división de poderes, por ende, considera que “está muerta” y no tiene chances de aprobarse en el Congreso.

Para los demócratas en el Congreso, la aprobación de la reforma está atada a que en noviembre ganen la Casa Blanca y obtengan mayorías en ambas cámaras del Legislativo.


La discusión constitucional

Por último, existe el debate en torno a la constitucionalidad de esta reforma, en tanto el Artículo III Sección 1 de la Constitución de EE.UU., establece el carácter vitalicio de los cargos de jueces de la Corte y de todo el sistema federal, en la medida que dure su buena conducta (para destituir del cargo a un juez de la Corte existe el juicio político) y, obviamente, no renuncien ni se jubilen (un tercio de los jueces de la Corte en la historia decidieron jubilarse).

Por lo tanto, es muy probable que una reforma legislativa que no implique una enmienda constitucional, termine judicializada y sea la propia Corte Suprema la que resuelva su constitucionalidad. Los sectores académicos y políticos que impulsan la reforma, analizan cómo sortear esta cuestión, como lo propone el Brennan Center for Justice (New York University School of Law), por ejemplo mediante el sistema de magistrados activos / sénior, habilitando cargos vitalicios para los jueces de la Corte, pero dividido en dos etapas: una fase de servicio activo de 18 años, y una fase sénior de manera vitalicia, en la cual ya no serían responsables de decidir casos que arriben a la Corte, sino que cumplirían con otras tareas judiciales.

En definitiva, la propuesta de reforma pretende democratizar una institución de la más alta jerarquía constitucional, como es la Corte Suprema, limitando arbitrariedades en las designaciones, acortando períodos vitalicios que obstaculizan la adaptación judicial respecto a la evolución social de la cultura, favoreciendo una mayor transparencia y rendición de cuentas.

Justamente estos aspectos (limitación de arbitrariedades, mayor transparencia, democratización de la institución), forman parte de la reforma al poder judicial en México, por lo que dos de los tres países que conforman el bloque TMEC se encuentran ante una, por el momento potencial, profunda transformación institucional.

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